PREGUNTAS FRECUENTES - SISTEMA PQRSDF

 

 Horario de atención

Preguntas frecuentes

Nuestro horario son los 7 días de la semana, las 24 horas del día. 

Nuestra disponibilidad  para la gestión de las solicitudes es: los días hábiles de lunes a viernes de 8:00 a.m. - 1:00 p.m y de 2:00 p.m. - 5:00 p.m.

La disponibilidad corresponde al tiempo en el que el servidor judicial gestionará su petición. El horario hace referencia al tiempo en el que usted puede presentar su petición e interactuar con la solución PQRsdf.

 Protección de datos

Preguntas frecuentes

El tratamiento de los datos personales se encuentran cobijados con las medidas técnicas, humanas y administrativas necesarias para otorgar seguridad a los registros evitando su adulteración, pérdida, consulta, uso,  acceso no autorizado o fraudulento

Si se van a solicitar datos personales sensibles para llevar a cabo el trámite de la PQRsdf, no pueden ser obligatorios para realizar el trámite, por lo que, si la persona no ingresa el dato o no lo autoriza, debe permitir continuar con el diligenciamiento de su petición.
En caso de que, si se considera que son obligatorios los datos sensibles para llevar a cabo el trámite, deben indicar el tipo de dato sensible, el artículo y la ley que establece su obligatoriedad. 
Si no se está en ninguno de los dos supuestos anteriores y se quiera aun así realizar el tratamiento de datos personales sensibles, porque se utilizarán para otras finalidades, se deberá obtener autorización para el tratamiento de datos personales por parte de los titulares, en ese sentido se debe contar con la evidencia, que el titular acepta o no acepta el tratamiento. 

La solicitud de sus datos personales para la gestión de las PQRsdf, se encuentra enmarcada en las en el ejercicio de funciones legales, y en consecuencia no se requiere autorización para el tratamiento, conforme lo establecido en el literal a) del artículo 10 de la ley 1581 de 2012, el cual establece: 
“Artículo 10. Casos en que no es necesaria la autorización. La autorización del Titular no será necesaria cuando se trate de:
a) Información requerida por una entidad pública o administrativa en ejercicio de sus funciones legales o por orden judicial”

La solicitud de corrección de datos puede realizar al correo electrónico protecciondatospersonales@deaj.ramajudicial.gov.co con base en lo establecido en el artículo 8 de la Ley 1581 de 2012 referente a los derechos del titular de los datos personales. 

De conformidad con lo establecido en el artículo 8 de la ley 1581 de 2012, usted tiene el derecho de conocer, actualizar, rectificar, revocar la autorización y solicitar la supresión de sus datos personales, para radicar su solicitud de revocatoria de autorización de tratamiento de sus datos personales, lo puede realizar al correo electrónico protecciondatospersonales@deaj.ramajudicial.gov.co

Los datos personales proporcionados, no son compartidos, se recolectan para efectos de responder su petición. 

El acceso a sus datos personales se encuentra restringido de forma exclusiva para el funcionario que procede a brindar respuesta a su petición. 

Los datos personales proporcionados por usted, no se comparten, se recolectan para efectos de responder su petición. 

Sus datos personales son tratados bajo los principios establecidos en el artículo 4 de la Ley 1581 de 2012 en especial el principio de seguridad que establece, que la información sujeta a Tratamiento por el Responsable o Encargado, se maneja con las medidas técnicas, humanas y administrativas que sean necesarias para otorgar seguridad a los registros evitando su adulteración, pérdida, consulta, uso o acceso no autorizado o fraudulento.

El requerimiento de los datos proporcionados por usted tendrá como finalidad el poder comunicarle la respuesta a su petición. 

 Solicitud de información con identificación reservada

Preguntas frecuentes

Puede presentar su solicitud con identificación reservada ante la Procuraduría General de la Nación.

Cuando usted considere que la solicitud de la información pone en riesgo su integridad o la de su familia.

De acuerdo con el artículo 4° de la Ley 1712 de 2024, usted puede hacer una solicitud con información reservada.

No, es gratuito

Es un mecanismo legal, que permite a los ciudadanos pedir información pública protegiendo su identidad si consideran que solicitarla pone en riesgo su integridad o la de su familia. Este trámite se realiza a través del Ministerio Público (Procuraduría) para garantizar la reserva de datos

 Ventanilla de servicios

Preguntas frecuentes

La ventanilla de servicios se encuentra disponible las 24 horas, los 7 días de la semana

Lo puede realizar haciendo clic en el botón "Ventanilla de servicios" o por medio del siguiente enlace https://www.ramajudicial.gov.co/web/ventanilla

Su propósito es agilizar, simplificar y unificar la interacción del usuario con la Rama Judicial, permitiendo realizar solicitudes y consultas sin desplazamientos físicos innecesarios.

Es un canal institucional que centraliza y facilita el acceso de ciudadanos, abogados y entidades al portafolio de trámites y servicios que prestan las Altas Cortes y demás dependencias de la Rama Judicial de la República de Colombia.

 Consultar estado de una PQRSDF

Preguntas frecuentes

La consulta la puede realizar en el siguiente enlace  enlace https://pqrsdf-front-qa.azurewebsites.net/consulta, diligenciando el número de solicitud que le enviaron al momento de presentar su PQRsdf.

La consulta la puede realizar en el siguiente enlace  enlace https://pqrsdf-front-qa.azurewebsites.net/consulta, diligenciando el número de solicitud que le enviaron al momento de presentar su PQRsdf.

Si, la consulta la puede realizar en el siguiente enlace  enlace https://pqrsdf-front-qa.azurewebsites.net/consulta, diligenciando el número de solicitud que le enviaron al momento de presentar su PQRsdf.

Si, cualquier persona que cuente con la información de su documento de identidad o el número de solicitud con la cual se radico su PQRsdf puede realizar la consulta.

Si, la consulta la puede realizar con el número de solicitud que le enviaron al momento de presentar su PQRsdf o con el número de documento de identidad con el cual presentó la solicitud.

Si, la consulta la puede realizar con el número de documento de identidad con el cual presentó la solicitud o el número de solicitud que le enviaron al momento de presentar su PQRsdf.

Puede consultar el estado de su PQRsdf ingresando al siguiente enlace  enlace https://pqrsdf-front-qa.azurewebsites.net/consulta y diligenciando la información solicitada.

Puede consultar el estado de su PQRsdf con su número de cédula o Número de solicitud que le enviaron al momento de presentar su PQRsdf.

Puede consultar el estado de su PQRsdf mediante la opción "Consultar PQRsdf dispuesta en la página principal de la solución PQRsdf o en el siguiente enlace https://pqrsdf-front-qa.azurewebsites.net/consulta

Si, puede consultar el estado de su PQRsdf mediante la opción "Consultar PQRsdf dispuesta en la página principal de la solución PQRsdf o en el siguiente enlace https://pqrsdf-front-qa.azurewebsites.net/consulta

 Reporte pqrsdf Sigobius

Preguntas frecuentes

La consulta de los reportes se encuentra disponible las 24 horas del día, los 7 días de la semana.

No. La consulta y descarga de los reportes es gratuita.

No. La consulta de los reportes está disponible para el público y no requiere registro ni autenticación de usuario.

Sí. Los reportes publicados se encuentran habilitados para su descarga.

Sí. En el enlace de consulta se encuentra disponible el histórico de los reportes publicados.

Los reportes se actualizan trimestralmente.

Los reportes relacionados con las PQRSF radicadas a través de SIGOBius pueden consultarse en el siguiente enlace:  https://www.ramajudicial.gov.co/web/guest/atencion-al-usuario/informes-pqrs

 Enlaces de interés

Preguntas frecuentes

Si, la podrá encontrar en la sección de "Preguntas Frecuentes" dispuesta en la página principal de la Solución  virtual de PQRsdf

Usted puede consultar los siguientes enlaces de interés:
• Consulta de procesos
• Directorio de Despachos
• Tutela en Línea
• Registro nacional de abogados

 Diligenciamiento formulario

Preguntas frecuentes

Si, sin embargo, tenga en cuenta que, debe aportar algún dato de contacto o ubicación que permita notificarle la respuesta de su PQRsdf.

No, para presentar su PQRsdf no requiere certificado.

El reconocimiento como parte de una etnia en Colombia se basa principalmente en el autorreconocimiento (la propia conciencia de pertenencia)

No, con el número de identificación es suficiente.

Si no conoce su número de identificación puede presentar su PQRsdf como persona anónima, recuerde guardar el número de radicado, para hacer seguimiento a su solicitud.

Recuerde que el radicado de su PQRsdf, se puede encontrar en:

(i) al momento de finalizar su solicitud, en la sección Número de solicitud

(ii) al correo electrónico aportado, llegará la constancia identificando el número de radicado

(iii) puede descarga o imprimir la constancia, en donde registrara el radicado.

Recuerde que el radicado de su PQRsdf, se puede encontrar en:

(i) al momento de finalizar su solicitud, en la sección Número de solicitud

(ii) al correo electrónico aportado, llegará la constancia identificando el número de radicado

(iii) puede descarga o imprimir la constancia, en donde registrara el radicado.

La presentación hace referencia al diligenciamiento del formulario de PQRsdf, la radicación refiere a la fecha en la cual la entidad tienen conocimiento de esa PQRsdf.

Si, puede completar el formulario con el correo de algún familiar o persona cercana que le permita mantenerse informado sobre la PQRsdf, recuerde que a esa cuenta de correo llegará la respuesta.

Área rural hace referencia a zonas, actividades y modos de vida propios del campo o fuera de las ciudades, caracterizados por una baja densidad de población

Área urbana hace referencia a ciudad y al entorno densamente poblado

Puede encontrar la opción o enlace para presentar su PQRsdf, en el Portal web de la Rama Judicial, sitio de Atención al Usuario, opción de acceso PQRSDF, sección "Presentar solicitud por medio de formulario"

Puede presentar su PQRsdf:
* En el Portal web de la Rama Judicial, sitio de Atención al Usuario, opción de acceso PQRSDF, sección "Presentar solicitud por medio de formulario"
* En las mesas de entrada dispuestas por el Consejo Superior de la Judicatura, en el siguiente enlace encontrará la información.

La PQRsdf la puede presentar de manera presencial o por medio de correo electrónico.

La PQRsdf la puede presentar diligenciando el formulario o adjuntando el documento en el sitio de Atención al Usuario, opción de acceso PQRSDF, sección "Presentar solicitud por medio de formulario"

Puede presentar su PQRsdf:
* En el Portal web de la Rama Judicial, sitio de Atención al Usuario, opción de acceso PQRSDF, sección "Presentar solicitud por medio de formulario"
* En las mesas de entrada dispuestas por el Consejo Superior de la Judicatura, en el siguiente enlace encontrará la información.